Mediante el Decreto de Urgencia N°053-2020, se establece prorrogar hasta el 27 de mayo del 2020, la suspensión del cómputo de plazos de inicio y tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índoles, incluso los regulados por ley y disposiciones especiales.
Cabe recordar que anteriormente, mediante Decreto Supremo N°076-2020-PCM, se dispuso prorrogar hasta el 20 de mayo del 2020, la suspensión del cómputo de los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo que se encuentren en trámite.
Asimismo, se faculta a las entidades públicas a aprobar mediante resolución de su titular, el listado de procedimientos cuya tramitación no se encuentran sujetas a dichas suspensiones.
Vigencia: El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020.
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