Mediante Decreto Supremo N° 002-2020-TR publicado el día martes 08 de enero del 2020, se aprobaron las medidas para la promoción de la formalización laboral y la protección de los derechos fundamentales laborales en el sector agrario.
Principales características de las medidas aprobadas:
- Se aplica a todas las actividades del sector agrario a nivel nacional y abarca a todos los empleadores y los trabajadores comprendidos en el régimen laboral agrario.
- Estas medidas se rigen por tres principios (sin perjuicio de otros que se encuentren vinculados):
- Dignidad y defensa de la persona.
- Igualdad y no discriminación de género
- Principio del interés superior del niño.
- SUNAFIL publicará dentro de los siguientes 30 días de la publicación del presente decreto supremo, los protocolos necesarios y directivas para el fortalecimiento de la fiscalización del cumplimiento de las normas, realizada por el inspector dentro del sector agrario.
La Dirección de Supervisión y Evaluación elaborará un informe anual sobre los resultados del registro de trabajadores en planilla y el cumplimiento de la normativa de seguridad y salud en el trabajo considerando los protocolos y la priorización de las acciones de promoción a la formalización laboral del sector agrario. Este informe será publicado en el portal web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Asimismo, se modifica el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, incorporando requisitos mínimos para la elaboración o actualización para la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles (IPERC) como:
- Las actividades rutinarias y no rutinarias dispuestas en el puesto del trabajador, así como las situaciones de emergencia en las que podría verse inmerso consecuencia del desarrollo de su trabajo.
- Las condiciones de trabajo existentes y las posibilidades de que el trabajador que lo ocupe sea sensible a determinados factores de riesgo.
- Incluir medidas de protección para los trabajadores en situación de discapacidad.
- Los resultados de las evaluaciones de los factores de riesgo físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales.
- Los resultados de las investigaciones de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
- Los resultados de las investigaciones de los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
- Los datos estadísticos recopilados producto de la vigilancia de la salud colectiva de las y los trabajadores.
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Javier Villanueva Nehmad Patricia Saravia Guevara
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